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TEJPF ordena revisar señalamientos de violencia política de Cisneros contra diputada

Magistrados federales determinaron que el Organismo Público Local Electoral (OPLE) tendrá que revisar a fondo si las respuestas que dio el Secretario de Gobierno Eric Cisneros Burgos a la diputada Ruth Callejas, en el marco de su comparecencia ante el Congreso en 2021, podrían configurarse como violencia política de género.

En su comparecencia, Callejas Roldán le pidió conocer las acciones para erradicar la violencia de mujeres y para dotar de información al banco estatal de datos.

Pero en respuesta, Cisneros Burgos mencionó el número de alcaldesas, regidores y síndicas de Movimiento Ciudadano y cómo es que la diputada había llegado a la curul. Aseguró que fue el OPLE el que le dio el espacio al corregir la plana a Movimiento Ciudadano y dar prioridad a una candidatura de mujer.

Sobre esto, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvieron el caso SUP-REC-506/2022,y determinaron que se tendrá que revisar a fondo la respuesta que dio el funcionario a la legisladora, pues él no goza de inmunidad parlamentaria, que es el derecho que tiene los legisladores a expresar su opinión, como parte del debate en el recinto legislativo.

Hay que recordar que la queja llegó al Tribunal Electoral Local y la Sala Regional del Tribunal Electoral Local, donde los magistrados determinaron que la respuesta de Eric Cisneros en su comparecencia formaba parte del debate parlamentario.

No obstante, los magistrados determinaron que la apreciación que se hizo desde el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz, y después ratificada por la Sala Regional, era un error, por el hecho de que los únicos que gozan de inmunidad parlamentaria son los diputados, no así Cisneros Burgos.

También se observó que se evitó analizar las expresiones de índole electoral que hizo un funcionario en el marco de su obligación de rendir cuentas, y del respeto a la igualdad y la correcta rendición de cuentas.

El simple hecho de acudir al recinto legislativo no lo hacía acreedor a la llamada inmunidad parlamentaria, que implica el derecho a expresar lo que piensa, “al ampliarlo, al dotarlo al secretario, pierde su razón de ser”, dijeron en el debate.

Se mencionó que un secretario acude a informar como representantes del Ejecutivo y su asistencia era para interrogarlo por la labor que realiza como integrante de un poder, y en representación del gobernador Cuitláhuac García Jiménez, y estaba obligado a responder a la legisladora.

Incluso se hizo mención que los integrantes de la Mesa Directiva del Congreso local o los integrantes de la Comisión de Gobernación debieron haber reconvenido al funcionario estatal por las expresiones hechas a la legisladora.

Los magistrados resolvieron regresar el proyecto al OPLE, pues las expresiones tienen índole electoral y consideró que era idóneo revisar la respuesta del funcionario, pues lo dicho podría incidir en materia electoral, y su participación se tendría que ceñir a su obligación de rendir cuentas.

Sentencia es un precedente nacional: Callejas

La sentencia de los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) es un precedente a nivel nacional, pues ya nadie podrá usar el derecho parlamentario para violentar mujeres.

En conferencia de prensa, la diputada local Ruth Callejas Roldan dijo que está a la espera que se resuelva el engrose de su recurso, sin embargo, confió que el Secretario de Gobierno, Eric Cisneros podrá ser inscrito en el padrón de Personas Sancionadas por Violencia Política de Género.

AVC/Isabel Ortega