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Suprema Corte confirma a culpables por caso ABC; les reducirán penas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó, en definitiva, que 22 personas con culpables, por negligencia, de la muerte de 49 niños y lesiones a 38 personas más durante el incendio de la Guardería ABC, en junio del 2009.

No obstante, la Corte ordenó a un tribunal unitario de Hermosillo, Sonora, fijar nuevas penas de prisión, que serán menores a los entre 14 y 29 años que dictó en 2017.

La Primera Sala de la Corte, que atrajo el caso ABC en 2018, aprobó de manera unánime proyectos del ministro Alfredo Gutiérrez, que fijan los criterios aplicables a todos los demás.

Dos son amparo del secretario del Consejo de Administración de la guardería, Antonio Salido Suárez, y Martín Lugo Portillo, ex director de Bomberos de Hermosillo, ambos condenados a 28 años y 11 meses de cárcel por el Tercer Tribunal Unitario en Hermosillo.

Mientras que el otro es un amparo de padres de las víctimas, que impugnaron la absolución de tres coordinadoras zonales de guarderías del IMSS, quienes ahora quedan como culpables del delito de ejercicio indebido del servicio público.

De esta manera, con la aprobación de este último proyecto, el total de condenados pasó de 19 a 22.

Con las sentencias aprobadas este miércoles se confirma que 19 acusados, entre personal del IMSS, el gobierno estatal y municipal, y dueños de la guardería, son responsables de homicidio y lesiones culposas, es decir, involuntarios, por la cadena de negligencias que provocó el incendio en una bodega de la Secretaria de Hacienda estatal, que se extendió a la estancia infantil.

Pero la Suprema Corte consideró que el tribunal unitario violó el artículo 14 de la Constitución en perjuicio de los acusados, ya que, al calcular la pena de cárcel, no aplicó el artículo 64 del Código Penal Federal (CPF) que regula el “concurso ideal” de delitos, argumentando que, de hacerlo, la pena sería muy baja e iría contra el interés superior de los menores.

Lo anterior llevó al tribunal a multiplicar la pena que fijo para cada delito por cada una de las víctimas, incluidos cinco adultos lesionados, lo que según la Corte fue ilegal y violó derechos constitucionales de los acusados.

Al tratarse de delitos culposos, no se pueden imponer las penas que el CPF preveía para homicidio simple doloso en 2009, de 12 a 24 años de cárcel, sino solo hasta la cuarta parte, misma situación que aplica a las lesiones.

 

Fuente:Reforma/Foto:Archivo/JAC

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