Con 35 votos en favor, nueve en contra y ninguna abstención, aprobó el proyecto de decreto que reforma la constitución en materia de Guardia Nacional para pasarla al control de Secretaría de Defensa Nacional.
¿Qué dice la reforma?
- 1. El decreto, aprobado en reunión de la Comisión presidida por Juan Ramiro Robledo, reforma varios artículos de la Constitución y deriva de una iniciativa presentada por el Ejecutivo el 5 de febrero.
- 2. La iniciativa establece que la Guardia Nacional será una fuerza permanente de seguridad pública, integrada por personal militar y marino con formación policial, bajo la Secretaría de Defensa Nacional.
- 3. Se establece que el Ministerio Público y las instituciones policiales, incluyendo la Guardia Nacional, deben coordinarse en el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
- 4. El Congreso podrá crear leyes que regulen la participación del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en seguridad interior y apoyo a la seguridad pública.
- 5. El Senado o la Comisión Permanente del Congreso ratificarán los nombramientos de los jefes de la Guardia Nacional propuestos por el presidente.
- 6. La reforma al artículo 89 permite que elementos de las Fuerzas Armadas participen en operativos de seguridad junto con la Guardia Nacional, por mandato presidencial.
- 7. Se propone eliminar la prohibición del artículo 129 que restringe a las autoridades militares en tiempos de paz, permitiendo ahora su participación en seguridad conforme a la Constitución.
AVC